Calculadora UVB 2024
Calculadora UVB a UVT 2024
Valores de referencia UVB 2024
Multas de Tránsito
UVB | UVB en Pesos |
---|---|
13,94 | 152.666 |
27,88 | 305.332 |
52,2 | 572.498 |
104,56 | 1.144.995 |
156,83 | 1.717.493 |
313,67 | 3.434.985 |
470,50 | 5.152.478 |
627,34 | 6.869.970 |
941,01 | 10.304.956 |
1254,67 | 13.739.941 |
1882,01 | 20.609.911 |
2509,35 | 27.479.882 |
3764,02 | 41.219.822 |
5018,70 | 54.959.763 |
Rango de precios al usuario de los Centros de Diagnóstico Automotor
Inferior | Superior | |
---|---|---|
Motocicletas | 10,96 | 12,98 |
Livianos | 17,84 | 21,36 |
Pesados | 28,92 | 34,86 |
Rango de precios al usuario de los Centros de Enseñanza Automovilística
Inferior | Superior | |
---|---|---|
A1 | 35,84 | 64,51 |
A2 | 39,45 | 75,30 |
B1 | 53,77 | 103,96 |
B2 | 75,30 | 164,91 |
B3 | 118,32 | 261,69 |
C1 | 64,51 | 132,63 |
C2 | 86,04 | 197,18 |
C3 | 129,06 | 290,36 |
Rango de precios al usuario de los Centros de Reconocimiento de Conductores
UVB | |
---|---|
Inferior | 14,35 |
Superior | 16,33 |
Tarifas Pruebas Teórico-Prácticas de Conductores (Organismos CALE)
Inferior | Superior | |
---|---|---|
A1-A2 | 22,56 | 28,97 |
B1 | 22,99 | 29,57 |
C1 | 23,12 | 29,70 |
B2-C2 | 26,04 | 33,39 |
B3-C3 | 31,16 | 38,68 |
¿Qué es la UVB?
La Unidad de Valor Básico o UVB es una unidad de medida de valor en pesos colombianos utilizada para determinar diferentes cuantías que anteriormente se expresaban en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y en algunos casos en Unidades de Valor Tributario.
El valor de la UVB para 2024 será de $10.951 pesos colombianos, según comunicó el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico el día 21 de diciembre de 2023 (3).
El valor inicial de la UVB fue de $10.000 (diez mil pesos colombianos) para 2023.
¿Por que se creó la Unidad de Valor Básico?
Se creó en 2023 con la Ley 2294 de 2023 y tiene como fin lograr una mayor estabilidad en los precios en especial en aquellos bienes y servicios que crecen o se actualizan con el Índice de Precios al Consumidor.
La Unidad de Valor Básico depende de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) sin alimentos ni regulados.
En este sentido si ocurre un episodio de fuerte inflación derivado de un incremento en el precio de los alimentos y bienes/servicios regulados, la UVB no se vería afectada y por ende tampoco los bienes y servicios que se midan en términos de Unidades de Valor Básico.
Por ejemplo el IPC total pasó de 110.06 en octubre de 2021 a 123.51 en septiembre de 2022, es decir que la inflación fue de 12.22% (1), mientras que si no tenemos en cuenta alimentos ni regulados, la variación fue de 8.38% (2).
¿Cómo se actualiza la Unidad de Valor Básico?
La UVB se actualiza con la variación del Índice de Precios al Consumidor sin incluir alimentos ni regulados que certifique el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE. Esta variación se calcula así:
- IPC sin alimentos ni regulados de octubre del año anterior al que se esta considerando, por ejemplo para 2024 este año correspondería a 2023.
- Índice de Precios al Consumidor sin alimentos ni regulados de octubre del año inmediatamente anterior a este. Siguiendo el ejemplo este año correspondería a 2022.
¿Qué entidad es la encargada de calcular la UVB?
La UVB es calculada, actualizada, certificada y publicada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico y debe hacerlo antes del primero de enero.
¿Qué valores se deben calcular con la Unidad de Valor Básico?
La Ley 2294 de 2023 establece que los conceptos objeto de indexación que se encuentren expresados en SMMLV o UVT deberán convertirse a Unidades de Valor Básico.
Estos conceptos son:
- Cobros
- Sanciones
- Multas
- Tarifas
- Requisitos financieros para la constitución, la habilitación, la operación o el funcionamiento de empresas públicas y/o privadas.
- Requisitos de capital, patrimonio o ingresos para acceder y/o ser beneficiario de programas del estado.
- Montos máximos establecidos para realizar operaciones financieras.
- Montos mínimos establecidos para el pago de comisiones y contraprestaciones definidas por el legislador.
- Cuotas asociadas al desarrollo de actividades agropecuarias y de salud.
- Clasificaciones de hogares, personas naturales y personas jurídicas en función de su patrimonio y/o sus Ingresos.
- Incentivos para la prestación de servicio público de aseo.
- Honorarios de los miembros de juntas o consejos directivos.
Los conceptos que se encuentren en firme o ejecutoriados antes del primero de enero de 2024, mantendrán su valor expresado en SMMLV o UVT según el caso.
¿Qué pasa si se convierte a UVB y el valor no es un número entero?
Si al convertir el valor de algunos de los conceptos objeto de indexación, el resultado no es un numero entero deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
- Si es inferior a una Unidad de Valor Básico se deberá acercar a la cifra con tres decimales mas cercana.
- Si es superior a una UVB entonces se debe acercar a la cifra con dos decimales mas cercana.
Por ejemplo si el concepto es de $20.000 y la UVB es de $10.000, este concepto equivale a 2 UVB. El resultado de dividir 20.000 entre 10.000 es un número entero.
Si el concepto es de $23.400 y mantenemos la misma UVB del ejemplo anterior entonces este concepto expresado en UVB es de 2,34. El resultado de dividir 23.400 entre 10.000 es 2,34. Esta cifra es superior a una UVB y se expresa con dos decimales.
Si en el caso anterior el concepto fuera $23.450, el resultado inicial seria 2,345. Sin embargo se debe aproximar a la cifra con dos decimales más cercana, es decir, 2,35.
Por otra parte, si el concepto es de $8.000 y la UVB es de $10.000, el valor resultante en UVB seria 0.800 y así cumpliría el punto 1.
Si el concepto fuera de $850, el resultado inicial seria de 0,8 pero al ser menor que una UVB se debería expresar con tres decimales: 0,085 UVB.
¿Los valores tributarios que están expresados en UVT también deben actualizarse a UVB?
No. Según el parágrafo segundo del articulo 313 de la Ley 2294 de 2023 los valores y cifras utilizados en tributos, sanciones tributarias, disposiciones impositivas, aduaneras o de fiscalización cambiaria que se expresen en UVT no son objeto de conversión a Unidades de Valor Básico.
¿A cuanto equivale un salario mínimo legal vigente en Unidades de Valor Básico?
Para 2023 el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) es de $1.160.000 y la Unidad de Valor Básico es de $10.000, por lo tanto el SMLV equivale a 116 UVB.
Pesos a UVB 2024
Pesos Colombianos | UVB |
---|---|
$10.000 | 0,913 |
$50.000 | 4,566 |
$100.000 | 9,132 |
$200.000 | 18,263 |
$500.000 | 45,658 |
$1.000.000 | 91,316 |
$2.000.000 | 182,632 |
$5.000.000 | 456,579 |
$10.000.000 | 913,159 |
$20.000.000 | 1.826,317 |
$50.000.000 | 4.565,793 |
$100.000.000 | 9.131,586 |
$200.000.000 | 18.263,172 |
$500.000.000 | 45.657,931 |
$1.000.000.000 | 91.315,862 |
Cálculos: uvb.com.co |
Valor UVB a Pesos 2024
UVB | Pesos Colombianos |
---|---|
1 | $10.951 |
5 | $54.755 |
10 | $109.510 |
15 | $164.265 |
20 | $219.020 |
25 | $273.775 |
50 | $547.550 |
100 | $1.095.100 |
200 | $2.190.200 |
300 | $3.285.300 |
400 | $4.380.400 |
500 | $5.475.500 |
1000 | $10.951.000 |
2000 | $21.902.000 |
3500 | $38.328.500 |
Cálculos: uvb.com.co |
UVB Histórico en Colombia
UVB Histórico | |
---|---|
UVB Histórico 2024 | $10.951 |
UVB Histórico 2023 | $10.000 |